Prestaciones económicas del SAAD: Guía clara para familias cuidadoras

¿Tienes a tu cargo a una persona en situación de dependencia? Entonces esta información puede ayudarte muchísimo. En este artículo te explicamos qué son las prestaciones económicas del SAAD, quién puede solicitarlas, cuánto se cobra y cómo hacerlo paso a paso.

¿Qué es el SAAD?

El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) garantiza apoyos para que las personas en situación de dependencia reconocida puedan mantener su calidad de vida y autonomía. Este apoyo puede prestarse mediante servicios públicos (como ayuda a domicilio, centro de día, residencia…) o mediante ayudas económicas si la persona es cuidada por su entorno o acude a un servicio privado.

Tipos de prestaciones económicas del SAAD

Existen tres tipos principales de ayudas económicas a la dependencia:

    • Para personas cuidadas en su domicilio por un familiar o persona de confianza.
    • El cuidador asume formalmente esa labor.
    • Requiere informe favorable de los Servicios Sociales.
    • En algunas comunidades, es obligatorio que el cuidador realice una formación básica.
      • Para quienes utilizan un servicio privado (ayuda a domicilio, residencia, centro de día…) cuando no hay plaza pública disponible.
      • La ayuda económica se calcula según el coste del servicio, grado de dependencia y situación económica.
        • Para contratar a un/a asistente personal que ayude a la persona dependiente a desarrollar su proyecto de vida con mayor autonomía.
        • Muy útil en personas jóvenes con discapacidad o en personas con enfermedades neurodegenerativas.

        Importes máximos mensuales (actualizados a 2024, y vigentes)

        • Sin contrato laboral: Grado I: 180 euros, Grado II: 315,90 euros, Grado III: 455,40 euros
        • Con contrato laboral: Grado I: 239,40 euros, Grado II: 420,15 euros, Grado III: 605,68 euros
        • Grado I: 300 euros, Grado II: 2.350 euros, Grado III: 2.350 euros
        • Ayuda a domicilio ordinaria: Grado I: 300 euros, Grado II: 465 euros, Grado III: 840 euros
        • Ayuda a domicilio extraordinaria: Grado I: 0 euros, Grado II: 675 euros, Grado III: 1.050 euros
        • Complementario ordinario: Grado I: 300 euros, Grado II: 330 euros, Grado III: 330 euros
        • Complementario extraordinario: Grado I: 0 euros, Grado II: 465 euros, Grado III: 840 euros
        • Centro de Día: Grado I: 445,30 euros, Grado II: 445,30 euros, Grado III: 747,25 euros
        • Atención Residencial: Grado I: 313,50 euros, Grado II: 747,25 euros, Grado III: 747,25 euros
        • Prevención y promoción de la autonomía personal: Grado I: 313,50 euros, Grado II: 445,30 euros, Graco III: 747,25 euros
        • Atención residencial para personas mayores: Grado I: 0 euros, Grado II: 2330 euros, Grado III: 2330 euros.
        • Atención residencial para personas con discapacidad y salud mental: Grado I: 2700 euros, Gracdo II: 2700 euros, Grado III: 2700 euros.
        • Atención residencial en centro residencial de caracter convivencial (V. Tutelada):
          • Asistida: Grado I, II y III: 2550 euros.
          • Supervisada: Grado I, II y III: 2042 euros.

        ¿Dónde y cómo solicitar estas ayudas?

        La solicitud se hace a través de los Servicios Sociales de tu ayuntamiento, que te derivarán a la administración autonómica competente.

        Documentos necesarios para solicitar las prestaciones del SAAD

        • Solicitud oficial cumplimentada
        • DNI/NIE de la persona dependiente y del representante legal (si aplica)
        • Informe médico actualizado (del centro de salud)
        • Certificado de empadronamiento
        • Declaración de ingresos y patrimonio
        • Número de cuenta bancaria
        • Libro de familia (en caso de menores)
        • Documentación del cuidador (en el caso de la PECEF)
        • Resolución del grado de dependencia (si ya se tiene)

        ¿Cuánto tarda y desde cuándo se cobra?

        • El procedimiento puede tardar hasta 6 meses, aunque depende de la comunidad autónoma.
        • Una vez reconocido el grado de dependencia, se elabora el PIA (Programa Individual de Atención), donde se define qué prestación o servicio se concede.
        • La ayuda se cobra con efecto retroactivo desde la fecha de solicitud, no desde la fecha de resolución.

        Otros aspectos importantes

        • Las prestaciones del SAAD son un derecho garantizado por ley si se cumplen los requisitos.
        • El importe no cubre el 100% del coste, pero puede aliviar mucho la carga económica de las familias.
        • Se puede solicitar una revisión del grado de dependencia si la situación de la persona cambia.
        • Puedes realizar gestiones y seguimiento del expediente a través de la sede electrónica de tu comunidad autónoma usando Cl@ve o certificado digital.

        En CuiDAPA acompañamos a las familias

        Sabemos lo que supone cuidar. Por eso, desde CuiDAPA te ofrecemos:

        • Información clara y actualizada
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